El Juzgado de Primera Instancia 55 de Barcelona ha desestimado la solicitud de la Due Diligence formulada por Joan Laporta y el ex director del club, Joan Oliver, ya que entiende que "la parte solicitante, ni en este escrito inicial, ni tampoco en la vista, ha concretado qué expresiones concretas formuladas en la Asamblea de Compromisarios lesionaron aquellos derechos suyos, ni tampoco cuáles de los particulares de la Due Diligence que fueron expuestos a la Asamblea de Compromisarios pudieron lesionarlos".
El juez también indica que esta solicitud es un "subterfugio, una estrategia o atajo procesal para obtener rápidamente la Due Diligence para poder combatir su contenido a través de los medios de comunicación afines".
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